El Consejero El consejero de seguridad
01/01/2007 | |
¿Qué empresas están obligadas a disponer de un consejero de seguridad?
Desde el 1 de enero de 2000 el Real Decreto 1566/1999 dice que todas «las empresas que transporten mercancías peligrosas […] o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga vinculadas a dicho transporte deberán designar […] al menos un consejero de seguridad […]».
Están incluidos:
Actualmente la figura del consejero de seguriadd para el transporte de mercancias peligroas por carretra está definida en el RD 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaiiones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.
¿A qué están obligadas las empresas?
Contar con los servicios de, al menos, un consejero de seguridad.
¿Quién puede ser consejero?
Cualquier persona que supere un examen para el modo de transporte y las clases de mercancías que correspondan a la empresa.
Podrá ser el Director o titular de la empresa, un miembro de la empresa designado oficialmente o personas o entidades contratados a tal fin.
¿Qué debe hacer un consejero?
Ante todo el consejero deberá conocer las mercancías con las que trabaja y ser quien asesore a la empresa en seguridad con el fin de evitar accidentes o minimizar los riesgos en el caso de que éstos se produzcan.